Pasos a seguir para ejercer la profesión de psicólogo por cuenta propia
Tabla de contenidos
6 requisitos para ejercer la psicología si eres psicólogo/a y estás decidido a establecerte por tu cuenta y abrir una consulta
6 requisitos para ejercer la psicología en España. Estos son los requisitos legales mínimos para que puedas abrir una consulta privada de psicología sanitaria:
Estar en posesión del grado o licenciatura en Psicología
Como no podía ser de otra forma, es necesario completar los estudios reglados de psicología, en la actualidad debes estar en posesión del título de licenciado o de grado en psicología, al que debes unir un título de máster en psicología general sanitaria.
Darse de alta en el Colegio de Psicología de tu Comunidad
De los primeros requisitos para ejercer la psicología es colegiarte. Para colegiarte debes acudir al Colegio de Psicólogos de tu Comunidad Autónoma, siendo los siguientes requisitos exigidos:
ü Tener nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o los que estén habilitados en virtud de algún convenio o tratado internacional.
ü Ser mayor de edad.
ü Estar en posesión de la titulación académica oficial de la licenciatura o grado en Psicología, o de la titulación extranjera que, en virtud de las disposiciones vigentes, sea homologada.
ü No estar incurso/a en causas de incapacitación.
ü No estar inhabilitado/a para el ejercicio profesional.
ü Abonar la cuota de inscripción y la parte proporcional de la cuota del semestre en curso en el momento de la incorporación.
Contratar un Seguro de Responsabilidad Civil (SRC)
En el momento de iniciar la actividad profesional debes tener contratado un seguro de responsabilidad civil. Este seguro puedes contratarlo por tu cuenta con cualquier compañía aseguradora o a través de los ofrecidos por los Colegios profesionales.
Cumplir con la Normativa de Protección de Datos
Durante el ejercicio de la profesión de psicólogo se manejar datos personales de especial protección, circunstancia que hace que debas ser muy cuidadoso en esta materia. Por esto deber tener una política de protección de datos permanentemente actualizada, pública y accesible a todos los pacientes.
Alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo
Previo al comienzo de la actividad, el psicólogo/a, debe estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El alta puede realizarse a través de la ventanilla electrónica de la Seguridad Social en el apartado “Afiliación, Inscripción y Modificaciones” y seleccionando la opción alta en trabajo autónomo.
Darse de Alta en Hacienda
Cuando inicies la actividad debes estar dada de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, que se realiza a través de los modelos 036 y 037. Debiendo presentar uno de los dos en función del tipo de actividad, sociedad o formato que elijas para tu actividad. Al igual que en el RETA el alta puede realizarse a través de la ventanilla electrónica de la Agencia Tributaria.
Quiero ir paso más allá y abrir mi propio centro de psicología
Elegir un local adecuado o adaptar el que ya tenemos al servicio que vamos a prestar.
Después de conocer los 6 requisitos para ejercer la psicología, mínimos imprescindibles, te explicamos qué otras acciones necesitas para abrir tu propio centro de Psicología.
A la hora de elegir el local debemos tener en cuenta que se trata de un centro sanitario, que solo la denominación ya indica que deben cumplirse unos requisitos específicos y que sin cumplirlos no será posible que nos permitan la apertura, ya sea el ayuntamiento o la comunidad autónoma.
Aunque la mayoría de los ordenanzas municipales, así como las normas autonómicas que regulan la materia, son muy parecidas, si es conveniente buscar la asesoría de profesionales en la materia.
En particular deben tenerse muy presente todos aquellos aspectos relacionados con la movilidad personal, es decir: la existencia de escaleras, plataformas elevadoras, amplitud de puertas que permitan la entrada de sillas de ruedas, servicio adaptado, etc.
Tiene que cumplir con los parámetros de seguridad establecidos, en cuanto a señalización, extintores, ventilación, etc.
No cumplir con las directrices establecidas por las ordenanzas municipales o normas autonómicas puede llevar a la no concesión de las licencias y de los permisos necesarios, que en caso de realizar la apertura sin la autorización puede acarrear grandes sanciones y el cierre de la actividad.
Por lo expuesto y como veremos en el apartado de licencias municipales y alta en el Registro de Centros Sanitarios de las comunidades autónomas, es necesario contar con un proyecto técnico firmado y dirigido por un arquitecto o ingeniero civil o similar, sin el cual no te concederán la licencia de actividad.
El proyecto técnico será necesario en todos los casos, locales en bruto, reformas para adaptación de otros previamente reformados y aunque el local en su momento ya hubiera funcionado como centro sanitario si hubiera superado los seis meses sin actividad en el local.
En cuanto a los requisitos mínimos del local, debe meditarse cual son las metas a medio y largo plazo. Así, nos encontraremos que al inicio de la actividad con un despacho, baño y sala de espera; será suficiente. Pero esta configuración no nos permitirá crecer y económicamente no habrá mucha diferencia con un local de 80 m2 que nos permita disponer de cuatro despachos.
En definitiva si la intención es crecer como centro de psicología, permitiendo que otros psicólogos trabajen contigo, es necesario buscar un local que reúna las condiciones necesarias. Asimismo, debes meditar sobre el lugar, si esté a pie de calle, transporte público o si existe un lugar donde estacionar un vehículo fácilmente, si existe una zona residencial, etc., numerosas circunstancias que harán que tus posibilidades de que el centro funcione como deseas.
Licencias municipales
Una vez elegido el lugar, comienza la parte más farragosa y desagradable cuando iniciamos la aventura de emprender un nuevo negocio, y se trata de conseguir los permisos y licencias que te permitan ejercer la actividad:
Licencia de obra
En primer lugar, si necesitaras adecuar el local para adaptarlo a tus necesidades tendrás que solicitar una licencia de obra. En estos casos y de manera habitual la licencia será de obra menor y nos bastará con realizar una declaración responsable y el pago de la correspondiente tasa municipal. Recuerdo que no todas las ordenanzas municipales son iguales y dependiendo de la localidad donde pretendas establecerte puede ser obligatorio otros requisitos.
Aunque la licencia de obra menor, en la mayoría de los Ayuntamientos se tramitará a través de la declaración responsable, es recomendable que el proyecto sea realizado por un técnico (arquitecto, ingeniero civil, etc.), esto es debido a que para la siguiente licencia que necesitarás solicitar será obligatorio la presentación de un proyecto firmado por un técnico. Así, para abaratar costes, podrás utilizar un mismo proyecto en las dos solicitudes.
En cuanto a la solicitud, podrás gestionarla personalmente o mediante profesionales que realicen las gestiones por ti. Deberás tener en cuenta los plazos administrativos y estar pendiente de las notificaciones, que como recomendación práctica es preferible el uso de canales electrónicos para relacionarnos con las administraciones, evitando esperas para ser atendido y que las notificaciones y reste comunicaciones lleguen puntualmente.
Licencia de actividad
Los centros de psicología están considerados como centros sanitarios, por este motivo deben cumplir y le son exigidos unos requisitos específicos. El primero de ellos lo encontramos que no es posible iniciar la actividad mediante una declaración responsable, debiendo solicitar la licencia de actividad, funcionamiento o cualquier otro nombre que puede tener en los diferentes ayuntamientos.
El mayor problema que vas a encontrar en esta solicitud es la necesidad de presentar un proyecto firmado y dirigido por un técnico. Esta obligación deriva de la consideración de centro sanitario y aunque solo se presten servicios de psicología en los que no se generen molestias, ni se realicen actividades nocivas o peligrosas para salud, deberá cumplir con los requisitos para este tipo de instalaciones.
El proyecto debe cumplir con los parámetros exigidos por la normativa actual para la protección de las personas con problemas de movilidad. Por ello es necesario que se contemplen los obstáculos que puedan existir, como se van a salvar y con que medios se cuenta.
Al igual que la licencia de obra, puedes realizar la solicitud personalmente, aunque el consejo es que lo realice el técnico o la sociedad para la que preste sus servicios, ya que, habitualmente, los servicios del ayuntamiento solicitan la ampliación de datos técnicos del proyecto, viéndote obligado a requerir los servicios del técnico nuevamente.
Licencia de apertura
Una vez obtenida la licencia de actividad, previo a la apertura del centro, debes solicitar la licencia de apertura, que será otorgada por el ayuntamiento una vez se compruebe que el centro cumple con el proyecto presentado.
¿Puedo abrir antes de tener las licencias?
Esta es una pregunta que se hacen todas las personas que inician la aventura de abrir un negocio, no solo dentro de la psicología, sino en cualquier ámbito. Después del tiempo y dinero invertido, nos encontramos con los tiempos de la Administración correspondiente, que no parecen estar acompasados con los de los ciudadanos.
Aquí encontramos que la Administración en muchas ocasiones supera ampliamente los plazos para la resolución de las solicitudes, no solo los plazos administrativos, sino los que puede un emprendedor aguantar sin tener ingresos después de haber realizado la inversión económica en el local y en su adecuación, constituyendo en muchos casos un muro que impide que muchas personas se aventuren a iniciar su andadura en solitario.
Desgraciadamente, de acuerdo con las normas administrativas que regulan estas licencias, no es posible abrir el negocio sin haber obtenido antes las licencias, aunque también es cierto que la mayoría de los Ayuntamientos están permitiendo la apertura una vez se ha solicitado la licencia de actividad, y en aquellos casos en los que finalmente no se conceda lo solicitado se notifica la denegación y la obligación de cesar en las actividades, que de cumplir lo ordenado, habitualmente no lleva sanción.
El hecho de que al solicitar la licencia y pagar la tasa correspondiente no se esté sancionando, no significa que se permita la apertura legalmente, siendo posible encontrar que en un Ayuntamiento no se sanciona y en el municipio vecino sí. Esta circunstancia debe llevar al emprendedor a evaluar los riesgos, si es posible saber el modo de actuación de la administración correspondiente y sobre todo cumplir con los actos administrativos que impongan una actuación concreta.
Darse de Alta en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (en la correspondiente Consejería de Sanidad)
Dentro de todas las gestiones a realizar, esta sea una de las más sencillas de realizar. Esta afirmación se base en que el proyecto a presentar, en cuanto al local, se podrá utilizar el mismo que se presentó para las licencias municipales de actividad y apertura.
A este proyecto habrá que incorporar todos los aspectos relacionados con la oferta asistencial, donde habrá que incluir los nombres de los responsables y su titulación, profesionales que colaboran o se contratan, actividades, seguros de responsabilidad civil de la sociedad y de los profesionales, etc.
Una vez se tenga claro todos aspectos necesarios, debe presentarse la solicitud ante la Comunidad Autónoma correspondiente, aportando toda la documentación que justifique el cumplimiento de los requisitos exigidos. Las solicitudes y su tramitación en la práctica totalidad de las Administraciones es posible hacerlo de forma telemática, debiendo disponer de un certificado electrónico, circunstancia que hace más cómoda la tramitación.
En función de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres, el plazo de resolución y concesión de la autorización e inscripción en el Registro tardará más o menos, pero habitualmente es más rápido que las licencias municipales.
¿Puedo realizar personalmente todas las gestiones?
La respuesta a esta pregunta no es otro que sí, cualquier persona puede realizar todas las gestiones reseñadas, con la excepción del proyecto y dirección técnica que necesitará la firma de un Arquitecto o Ingeniero en su caso.
No obstante, cuando no tenga claro el paso a seguir o cual es la forma más adecuada de realizar una gestión, acuda a un profesional, aunque solo sea para recibir asesoramiento en una materia concreta, es más que posible y más barato, que una consulta a tiempo evite numerosos problemas futuros y sobre todo más fácil que enderezar algo que ya nació torcido.